23/10/15

UNIDAD 1: EL DISEÑO ASISTIDO POR ORDENADOR - 1.4 EL SOFTWARE LIBRE PARTE 7

BIENES COMUNES
(CREATIVE COMMONS)



   Los bienes comunes son aquellos bienes, recursos, procesos o cosas, cuyo beneficio, posesión o derechos de explotación pertenecen a un grupo o a una comunidad determinada de  personas. El grupo puede ser extensos como una ciudad, comunidad autónoma, país o incluso el mundo entero o a su vez a una familia o un grupo reducidos de personas. Los bienes comunes están ligados a el dominio público ya que a través de este se pueden obtener algunos elementos.

   Existe una plataforma que se encuentra en el punto medio entre el copyright y el copyleft y es Creative Commons. Creative Commons es una plataforma que permite muchos tipos de licencias en las que el usuario de la obra decide el que hacer con ella y su uso a terceros. Creative Commons ofrece las siguientes condiciones:

   -Reconocimiento: En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.

   -No comercial: La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

   -Sin obras derivadas: La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.

   -Compartir Igual: La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.

   Ahora con estas cuatro condiciones se pueden generar 6 tipos de licencias Creative Commons.

   -Reconocimiento: Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.

   -Reconocimiento - NoComercial: Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.

   -Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual: No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

   -Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada: No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

   -Reconocimiento - CompartirIgual: Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la original.


   -Reconocimiento - SinObraDerivada: Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

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